sábado, 21 de septiembre de 2013

Artículo 30°

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

1 comentario:

  1. super tu blog y la importancia de los derechos humanos en nuestra sociedad actual felicitaciones

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